¿Sabemos cómo se hacen las reclamaciones de
11 de abril de 2013
11 de abril de 2013
¡Claro que es posible! Y añadimos: debe ser perfectamente normal el que un cliente reclame cuando considere que un servicio de mudanzas no ha satisfecho las expectativas. Ahora bien, por expectativas entenderemos aquellas que vengan reguladas por las condiciones previamente pactadas antes del servicio bien por el presupuesto, bien por un contrato. Somos perfectamente conscientes de que hacer estas afirmaciones puedan sonar para muchos a «ciencia ficción» pero de una cosa estamos seguros en Mudanzas Carlos Rodriguez: si 8 de cada 10 nuevos clientes que hacemos son por recomendación de otros, seguramente refuerce esta idea. No creemos que nadie recomiende a nadie si ha tenido algún tipo de problema; como por ejemplo a la hora de hacer una reclamación.
Como consumidor debes saber (y repetimos, no es «ciencia ficción») que cuando una empresa del tipo (de mudanzas, fontaneros, electricistas, mensajerías, etc.) no ha satisfecho tus expectativas o se ha producido algún desperfecto o rotura tienes derecho a hacer una reclamación por los daños sufridos. El modo de resolverlo puede ser a través de 2 canales diferentes: las juntas arbitrales de consumo (en el caso de las mudanzas los competentes serán las Juntas Arnitrales de Transporte) o los juzgados.
Pero antes de pasar a desarrollar ambos canales hacemos un alto en el camino para recordar (puede que parezca una obviedad, pero estamos seguros que no lo es tanto) que para realizar cualquier reclamación será necesario la conformidad de un presupuesto-contrato en que el que se estipule: datos de la empresa que da el servicio, datos del cliente, importe y condiciones del servicio (cuantía de los seguros contratados, material a utlizar, días, medios, etc.) Y por supuesto, y fundamental, una factura acreditativa del servicio. Sin factura no hay servicio; y sin servicio no existe posibilidad alguna de reclamación.
Mudanzas Carlos Rodriguez, «su mudanza en buenas manos»